La Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires confirmó la absolución de Eva Analía "Higui" de Jesús en el juicio que se le seguía por haber matado a un hombre cuando se defendía de una violación grupal correctiva, y concluyó que se trató de un caso de "legítima defensa".

Casación confirmó la absolución de "Higui" "declarando improcedente el recurso interpuesto por la fiscal y concluyendo que se trató de un caso de legítima defensa en un intento de violación correctiva", según detalló a Télam la abogada defensora Claudia Spatocco.

El 16 de octubre de 2016 Eva Analía De Jesús, más conocida como "Higui", por ser futbolista y tener rulos como exjugador colombiano René Higuita, fue atacada en la localidad bonaerense de Bella Vista por un grupo de hombres que la golpearon e intentaron violarla, momento en que ella sacó una navaja y la clavó en el pecho de Cristian Rubén Espósito.

"La cámara tomó elementos del caso para concluir que se trató de un caso de legítima defensa sin ningún lugar a dudas, además de afirmar que no hay visos de arbitrariedad alguno", señaló a Télam Spatocco, abogada de "Higui".

Sobre el final de la sentencia "los jueces manifiestan que con las pruebas producidas en el debate queda claro que 'Higui' fue violentamente atacada por un grupo de por lo menos tres personas y que ese ataque estuvo fundado en razones de odio por su condición de lesbiana", relató.

"Está causa ni siquiera debió haber comenzado porque cuando ella declaró ante el fiscal, dos días después del hecho, apenas podía caminar de la cantidad de golpes que tenía. Tenía la cara toda hinchada y estaba desfigurada, es decir no hay ninguna posibilidad de que el fiscal no haya advertido que lo que 'Higui' declaró en su indagatoria tenía muchísimas posibilidades de ser cierto y ni siquiera lo investigó y esto es gravísimo", detalló.

A su vez, indicó que "el ataque quedó impune porque los fiscales ni siquiera lo investigaron; me refiero al fiscal de instrucción, a la fiscal de juicio y también me refiero a la jueza de garantías de la instrucción que elevó la causa a juicio sin tener ninguna prueba porque en realidad jamás se investigó como debía".

"Esto fue un caso más de los tantos que hay de causas armadas y creo que es una simple persecución porque es negra, lesbiana y pobre. Esto es muy grave sobre todo cuando sabemos que hay muchas mujeres que hoy están presas o están en domiciliaria por la misma razón, porque se han defendido de sus agresores", añadió

"Los fiscales están muy acostumbrados y son muy especialistas en armar causas, después las causas llegan a juicio después de varios años y pasa como en este caso donde fue absuelta, pero se la sometió a años de procesamiento y a estar detenida", resaltó.

"Cuando fue el juicio planteamos los hechos diciendo que el ataque que sufrió Higui fue por su condición de lesbiana y que fue un intento de ´violación correctiva´, exactamente así la llamamos porque le decían ´te voy a hacer mujer´, ´ya vas a ver lo que es ser mujer´, o sea el odio a su condición de lesbiana y el ataque para ´normalizar´ de alguna manera la identidad de ella", resaltó.

"Nos parece importante señalar esto porque aquí en Argentina todavía el tema de estas ´violaciones correctivas´ suceden y todavía hoy el poder judicial no las recepta como por ejemplo en Chile y en Perú, donde el poder judicial así las define", explicó la letrada.

El recurso fue rechazado y "declarado improcedente porque si bien la fiscal Liliana Tricarico fundó su recurso en la arbitrariedad y en el absurdo, de ninguna manera pudo ni siquiera fundar mínimamente su pretensión, porque realmente no tenía ningún elemento para plantearlo",

"Estamos contentas porque creemos que esto se terminó, si bien la fiscal tiene todavía alguna posibilidad de recurso no creo que tenga lugar como para hacerlo, pero también nos queda un sabor desagradable porque Higui perdió seis años de su vida en este proceso y creemos que no es para nada justo", concluyó.