Por: Lucía Aguirre

El femicidio de Micaela García no fue un hecho aislado, sino que responde a una cadena de asesinatos y sometimientos provenientes de una cultura heteropatriarcal, donde las mujeres y diversidades mueren por su condición de mujer. 

Micaela  estudiaba Educación Física en Gualeguay, era una férrea militante feminista del Movimiento Evita y luchaba contra la violencia de género en todas sus formas. Era oriunda de Concepción del Uruguay, donde fue víctima de un brutal femicidio cometido por Sebastián Wagner. Sucedió un 1 de abril, y desde entonces la fecha fue tomada no solo como forma de luto, sino también de grito de Justicia.

Wagner su agresor, era un hombre con dos antecedentes por abuso sexual que se encontraba en libertad condicional, beneficiado por la Justicia de la provincia de Entre Ríos. Era Wagner el que no debía estar libre, pero se condenó la libertad de Micaela por haber salido sola de un boliche. 

Este caso puso en evidencia la importancia de erradicar el paradigma machista sobre los casos de violencia de género que sólo revictimiza a las víctimas y beneficiaban a los agresores, sobre todo judicialmente.

La Ley Micaela

La Ley 27.499 de Capacitación Obligatoria en la Temática de Género fue promulgada el 10 de enero de 2019. Como su nombre indica, establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) debe certificar la calidad de las capacitaciones que elabore cada organismo, además debe evaluar y difundir el efecto que tuvieron las capacitaciones realizadas por cada organismo.

La capacitación de las máximas autoridades de los tres poderes del Estado está a cargo del Instituto Nacional de Mujeres que en su página web, brinda acceso público y difunde el grado de cumplimiento de las disposiciones de la ley en cada uno de los organismos.

Según la ley, todos los agentes del Estado deben cursar y aprobar todos los años la capacitación. El incumplimiento será considerado una falta grave que incluirá sanciones y obstaculiza el ascenso a un cargo superior en caso de que corresponda. 

Asimismo, los contenidos deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Domo Micaela