Un policía de 37 años identificado como Carlos Marcelo Bracamonte fue condenado por haber agredido a un hombre al que después incriminó falsamente en la ciudad de Santa Fe. Se le impusieron tres años de prisión condicional y tuvo que entregarle 10.000 pesos a la víctima, con quien no podrá contactarse por ningún medio hasta septiembre de 2026.

A su vez, a Bracamonte se le ordenó fijar domicilio en la ciudad de San Justo y someterse al cuidado de la Dirección Provincial de Asistencia Pos Penitenciaria. Si bien además fue formalmente inhabilitado, se contempló que la medida ya fue cumplida de hecho.

El fiscal que estuvo a cargo de la investigación que permitió llegar a la condena es Ezequiel Hernández.

Violencia institucional

El funcionario del MPA indicó que “los ilícitos fueron cometidos el sábado 15 de octubre de 2016 a la siesta”. Remarcó que “por entonces, el condenado integraba el Comando Radioeléctrico de Santo Tomé”, y agregó que “en ese momento estaba en horario laboral”.

Hernández expuso que “Bracamonte llevó a cabo su conducta ilegal con otro uniformado -cuyas iniciales son GAG-, que está imputado como coautor y tiene un antecedente penal condenatorio”. Al respecto, mencionó que “se avanza con la acusación de este otro investigado”.

Relató que “en inmediaciones de Monseñor Zazpe y San José, los policías sujetaron, asfixiaron y golpearon en el rostro en reiteradas oportunidades a un hombre que transitaba por la vía pública”, y agregó que “luego lo llevaron detenido”.

Puntualizó que “la golpiza fue registrada por una cámara de seguridad”, y subrayó que “en la filmación se aprecia de forma clara la violencia institucional ejercida por el condenado y su colega”.

Según explicó, “el ataque tuvo como fin que la víctima confesara que había sustraído elementos de un vehículo y que llevaba consigo un arma de fuego, lo cual no era así”.

“Desde antes de interceptar al hombre al que agredieron, los policías tenían en su poder un arma de fabricación casera que era apta para efectuar disparos”, afirmó el fiscal. “Había sido elaborada con un caño de 50 centímetros y otro de 30 que contenía una púa percutora”, detalló.

Por otro lado, señaló que “Bracamonte también fue condenado porque suscribió un acta con declaraciones falsas en la Seccional Segunda de la Unidad Regional I, ubicada en la capital provincial”. En tal sentido, precisó que “en el documento figuraron falacias como que la víctima fue desarmada en un forcejeo y que un grupo de personas hostiles arrojó piedras hacia los miembros de las fuerzas de seguridad para evitar que cumplieran sus funciones”.

Juicio abreviado

Bracamonte reconoció su responsabilidad penal como coautor de apremios ilegales, falsedad ideológica en instrumento público calificada (por haber sido cometida por un funcionario público con abuso de sus funciones), y tenencia indebida de arma de fuego de uso prohibido.

La sentencia fue dictada por el juez Octavio Silva, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

La Defensa aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía, la pena impuesta y la modalidad del juicio.