En un Recinto copado por activistas e integrantes de la comunidad travesti-trans santafesina, la Legislatura provincial dio media sanción a una iniciativa que postula una reparación económica para quienes fueron perseguidas por el código de Moralidad Pública que rigió en Santa Fe hasta 2010.

La iniciativa fue ingresada por la diputada justicialista Matilda Bruera, quien detalló los alcances del proyecto y fundamentó la necesidad de su sanción.

Por contrapartida, se abstuvo el bloque radical de Fabián Bastía, el de la legisladora Betina Florito y el de Sebastián Julierac. También cosechó el voto contrario del bloque Vida y Familia presidido por Nicolás Mayoraz.

En total cosechó 28 votos positivos, 10 abstenciones y seis votos negativos.

Según comentó Bruera, el proyecto “establece reparar las graves y sistemáticas violaciones de los derechos humanos realizado por las fuerzas represivas contra la comunidad travesti y trans”.

Señaló que se trata de una iniciativa “elaborada en colaboración con la Mesa de Trabajo Travesti-Trans, junto a sus asesores legales" y que logró el aval de cuatro comisiones parlamentarias: de género, de derechos y garantías, de presupuesto y de constitucionales.

“La democracia tiene una deuda enorme con esta comunidad que fue perseguida hasta la derogación en 2010 de la sección de Moralidad Pública inscripta en el Código de Faltas. Fue esta Legislatura la que removió y puso fin a tal persecución sistemática”, se explayó la legisladora.

Diputados dio media sanción a la reparación travesti-trans posdictadura

Y agregó: “Esta comunidad fue perseguida por la policía a través de la sección de Moralidad Pública, que era una caja negra recaudatoria bajo el paraguas de la persecución del ejercicio de la prostitución, de la comunidad travesti-trans y del juego clandestino”.

Sobre las violencias padecidas bajo aquella letra, Bruera recordó que “las privaban de su libertad persistentemente, estuvieran o no en el ejercicio de la prostitución, que por otro lado era una de las pocas actividades que podían ejercer porque tenían vedado el acceso al estudio y al trabajo”.

El código de Moralidad Pública daba pie a las fuerzas de seguridad a demorar y detener a quienes estuvieran “con una vestimenta que no corresponde a su género” y establecía penas de entre 20 y 60 días.

“En esa privación sufrieron todo tipo de vejaciones y tormentos, de humillación física y psicológica”, destacó Bruera.

Y agregó: “En los libros de los Juzgados de Faltas constan los ingresos recurrentes de estas compañeras a las comisarías y dependencias policiales. Fue parte de la violencia que habilitó y habilita violencias más grandes contra este grupo. La provincia de Santa Fe debe hacerse cargo de reparar el daño a estas personas.”

Sobre tal resarcimiento, explicó: “Era un atropello realizado a través de las instituciones del Estado, y por eso el resarcimiento es neceario y será equivalente a dos pensiones no retributivas”.

“Es también una reparación para las instituciones democráticas: con esta norma, el Estado de Santa Fe avanza en la transparencia y en una democracia profunda y seria de acuerdo a las normas constitucionales”, completó Bruera.

Para ser ley deberá ser aprobada por el Senado santafesino.

Los detalles del proyecto

El proyecto aprobado busca “reparar las graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos, cometidas en democracia, por las fuerzas de seguridad en el territorio de la provincia contra integrantes de la comunidad travesti-trans”.

De aprobarse la ley, se le otorgará una pensión mensual no contributiva con carácter vitalicio a toda persona travesti-trans que acredite que, durante el período comprendido entre el 10 de diciembre de 1983 y el 10 de junio de 2010, haya sufrido privaciones de su libertad en forma sistemática, como consecuencia del accionar de las fuerzas de seguridad por motivos en su identidad de género.

El monto a percibir es el equivalente a la suma de dos veces el haber mínimo de pensión vigente en la provincia.

Para acreditar las detenciones, las personas deben acompañar al momento de la solicitud al menos uno de los siguientes documentos:

a) documento que acredite de manera fehaciente el registro de detenciones y privaciones de la libertad alegadas;
b) testimonios sobre las privaciones de libertad, brindados en información sumaria tramitada ante la autoridad judicial competente;
c) datos prontuariales obrantes en la Policía de la Provincia de Santa Fe, fondo documental del Archivo General del Servicio Penitenciario, fondo documental del Archivo Provincial de la Memoria o artículos periodísticos debidamente certificados en los que consten las privaciones de libertad; o,
d) historia clínica o informe sobre tratamiento terapéutico recibido, suscripto por profesional interviniente, que dé cuenta de los hechos padecidos.

En todos los casos se debe acreditar con certificado o documento fehaciente de fecha cierta haber tenido domicilio real en la Provincia al momento de las detenciones.